Es importante conocer qué tipo de intervenciones están incluidas dentro de las prestaciones de la Sanidad Pública, para poder acceder a ellas con pleno derecho. La mayoría de los procedimientos de cirugía reconstructiva están incluidos dentro del catálogo de prestaciones de la Seguridad Social. Ocurre lo contrario con los tratamientos de Cirugía Estética, que no están incluidas dentro de estas prestaciones.
Aún así, existen algunas patologías que se encuentran entre medias de los que se considera Cirugía Estética o Reparadora. Un ejemplo muy claro: unas mamas muy voluminosas pueden llegar a causar graves daños en la espalda, en el cuello y en la piel, por ello sí estaría incluido en la Seguridad Social, teniendo que estar perfectamente demostrado por el diagnóstico de un médico. Si tan sólo fuese por motivos estéticos, no estaría incluida.
De todas formas, la última decisión siempre está sujeta a la opinión del grupo médico de cirugía de cada centro hospitalario, y tiene que ser individual para cada paciente. Estas son algunas de las intervenciones incluidas en el programa de prestaciones de la Seguridad Social:
Rinoplastia para tratar problemas respiratorios.
Abdominoplastia para aliviar problemas médicos, como dolor de espalda, úlceras o irritaciones cutáneas.Mamoplastia ya sea para corregir asimetrías congénitas, mamas muy voluminosas o para reconstruir una mama tras un cáncer.
Otoplastia cuando se realiza para corregir anomalías congénitas o para reconstruir orejas lesionadas por un traumatismo o enfermedad.
Blefaroplastia cuando cause problemas de visión.